El conflicto entre la comunidad Mapuche Huilliche y la empresa Noruega Statkraft tiene sus inicios el 2009, cuando surgió la idea de construir una central hidroeléctrica en el río Pilmaiquén: mismo lugar en donde habitan sitios religiosos y de importancia cultural para las comunidades indígenas de la zona. Si bien el proyecto aprobó las evaluaciones ambientales, dichos procedimientos no consideran el impacto cultural que tendría en los habitantes de la zona, vulnerando derechos reconocidos por la ONU y la OIT.
Conflicto territorial y cultural en el Río Pilmaiquén: La comunidad Mapuche Huilliche versus la empresa Statkraft
Conflictos socioambientales Educación y derechos culturales Pueblos indígenasRESUMEN:
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Proyecto Hidroeléctrico Osorno- Imagen: Diario Sostenible
En el año 2009, una empresa chilena presentó a las autoridades del Estado de Chile diversos proyectos hidroeléctricos para llevar a cabo en el país a través de Statkraft, una compañía de Noruega y líder en la producción de energías renovables en Europa. Dicha empresa también participó en otras iniciativas en el norte de Chile —como la construcción de un parque eólico en la Región de Antofagasta— y, el año 2015, adquirió los activos de una empresa chilena y tres proyectos hidroeléctricos en el río Pilmaiquén: Rucatayo, Osorno y Los Lagos, ubicados entre la Región de Los Ríos y Los Lagos.
Sin embargo, desde el 2011 que diversas comunidades Mapuche Williche señalaron la preocupación de dichos proyectos, debido a que tanto las autoridades chilenas y la empresa Statkraft no involucraron a dichas comunidades en el proyecto. Aunque la empresa fue sometida a la evaluación ambiental correspondiente, no habrían considerado el impacto en sitios ceremoniales y arqueológicos correspondientes al pueblo Mapuche Williche, afectando directamente sus actividades culturales y prácticas ancestrales (Comunicaciones OC, 2023) Con este antecedente, la empresa Statkraft y el Estado de Chile estarían vulnerando el derecho de propiedad y posesión de tierras tradicionalmente ocupadas por pueblos indígenas, está reconocido por el Convenio N.º 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales como también el derecho a mantener y desarrollar sus actividades de carácter espiritual y cultural, tal como se señala en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, por lo que el conflicto entre la empresa noruega y las comunidades Mapuche Williche, estaría involucrando un caso de vulneración de derechos humanos de los pueblos indígenas que habitan en el lugar.
Proyecto Central Hidroeléctrica Osorno y el conflicto con ceremonial religioso
En la ribera norte del Río Pilmaiquén, propiedad de la empresa Statkraft desde el 2015, se ubicaba el Complejo Natural Ceremonial “Ngen Mapu Kintuante”, espacio ceremonial de uso y ocupación de las comunidades Mapuche Williche (INDH, 2021). Para dichas comunidades, el proyecto Central Hidroeléctrica Osorno no daba certezas sobre el cuidado de un complejo con importancia espiritual y religiosa para las comunidades de la zona, además que tampoco estaba incorporando la consulta indígena para su construcción. Por lo que desde el 2011 que las comunidades Mapuche Williche del lugar se organizaron para denunciar y visibilizar dicha situación:
“(…) sabemos que ahí existe nuestra espiritualidad, lo que nos hace andar y está toda nuestra creencia (…) nosotros rechazamos y desconocemos cualquier tipo de acuerdo con Statkraft, y nos cerramos al diálogo, ya que nosotros lo que le exigimos a ellos es que salgan y retiren el proyecto inmediatamente de Río Pilmaiquén, ya que Kintuante no tiene valor ni precio (…) nosotros no tenemos precio, la ceremonial Kintuante aquí no está en venta (…)” (Video Chile: Indigenous Mapuche Will fight Statkraft company from Norway, 2015).
Fuente: Diario Constitucional
Hacia el 2018, las comunidades de la zona se agruparon para crear la Alianza Mapuche Williche Toki Kalfvllikan —en adelante Alianza Mapuche Williche—, con el propósito de organizar nuevas actividades de protesta: una de ellas, fue la ocupación de oficinas de la empresa noruega ubicadas en la zona para exigir el retiro inmediato del proyecto hidroeléctrico: “(…) dejamos claro que no negociaremos nuestra espiritualidad, cultura y territorio”, aseguró la Alianza Mapuche Williche en un comunicado público” (El Desconcierto, 2018). La ocupación pacífica se realizó como medida de resguardo y preservación de las piezas arqueológicas que se encontraban en las orillas del río, las cuales, bajo la cosmovisión mapuche, tienen un alto significado patrimonial y cultural (INDH, 2019). Además, las agrupaciones denunciaron que tanto las autoridades políticas chilenas y la empresa Statkraft no aplicaron la consulta indígena correspondiente, tal como se recomienda en el Convenio 169 de la OIT. Tras la toma de las oficinas de Statkraft en Osorno, la empresa solicitó a Carabineros el desalojo de comuneros mapuches de sus dependientes, lo que culminó con 29 detenidos tras el procedimiento (González, 2018).
Tras la presión de las comunidades indígenas de la zona, la empresa decidió reformular el Proyecto Hidroeléctrico Osorno para que no tenga ningún impacto en el Complejo Ceremonial “Ngen Mapu Kintuante”, atendiendo a las inquietudes que sostuvieron la Alianza Mapuche Williche sobre el proyecto (González, 2018). Aun así, el retiro del proyecto hidroeléctrico del Río Pilmaiquén no se concretó, ya que la empresa señaló que no habría impacto en sitios de significación cultural ni en zonas con hallazgos arqueológicos (Comunicaciones OC, 2019). El año 2019 y con el objetivo de insistir en su demanda, la Alianza Mapuche Williche solicitó una reunión con la embajadora de Noruega en Chile el 2019, Beate Stiro, con la finalidad de insistir en la solicitud de retirar el proyecto del territorio ancestral. La reunión convocó a dirigentes y autoridades de las comunidades afectadas y también al parlamentario Alfonso de Urresti, Vicepresidente de la Cámara Alta y Senador de Los Ríos de ese entonces, quien además apoyaba la demanda de las comunidades. En la reunión, Amanda Huichalaf, machi de la comunidad, señaló:
“Actualmente nuestro lof se encuentra en reivindicación territorial en el fundo Carimallin, donde esta empresa noruega pretende llevar adelante sus proyectos se encuentra vulnerando nuestros derechos políticos, territoriales y culturales, por eso le planteamos que se vayan, que bajen sus dos proyectos y se devuelva este territorio a las comunidades” (Comunicaciones OC, 2019)
Con dicha reunión, la embajadora solo señaló que informaría sobre esta situación a la empresa involucrada y al Estado de Noruega, sin entregar mayores antecedentes, por lo que la Alianza Mapuche Williche siguió con sus acciones de ocupación pacífica, con la finalidad de proteger los espacios ceremoniales y ancestrales afectados.

Fuente: Mapuexpress
Vulneración a los derechos de pueblos indígenas
Desde el 2016 que el INDH identificó el conflicto entre las comunidades Mapuche Williche y la Central Osorno en el río Pilmaiquén: para la institución, la afectación de un complejo ceremonial sagrado vulnera el derecho a la participación y a la información pública, además de afectar derechos territoriales, de acceso y uso de recursos naturales estipulados en el Convenio 160 de la OIT (INDH, 2016, 161). Para el 2019 y tras las denuncias de las mismas comunidades, el INDH realizó una visita a la comuna de Río Bueno para constatar la situación respecto al Río Pilmaiquén, por lo que se comprometió a dar seguimiento y observación al problema ante una eventual militarización de la zona y aumento del contingente policial y controles de identidad realizados, además de estar frente a un posible nuevo conflicto socioambiental en Los Ríos (INDH, 2019).
El año 2021, la Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó iniciar un proceso de consulta indígena a cargo del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) tras los hallazgos arqueológicos que se realizaron en plena construcción de la central hidroeléctrica. En ese mismo año, el INDH presentó un informe para dar cuenta de la vulneración de derechos culturales, libertad religiosa, de tierras y patrimonio cultural, según los estándares internacionales existentes en derechos humanos y pueblos indígenas (INDH, 2021). Sin embargo, dichas medidas no lograron resolver el conflicto: la consulta indígena quedó pendiente durante dos años, lo que generó reclamos por parte de la empresa Statkraft y, en febrero del 2023, se realizó una nueva manifestación por parte de comunidades Mapuche Williche contra la central hidroeléctrica. Ante esta situación, Carabineros realizó un procedimiento policial que terminó con cinco manifestantes heridos, una de ellas con el impacto de un perdigón en la zona ocular (Guanda, 2023). El INDH anunció acciones judiciales por el uso indiscriminado de escopetas antidisturbios por parte de Carabineros, con resultado de personas heridas y traumas oculares. Sebastián Smart, Jefe Regional de Los Ríos de ese entonces, señaló:
“(…) el INDH observó el uso de perdigones por parte de funcionarios de Carabineros, quienes terminaron lesionando al menos a cinco personas de la comunidad, una de ellas con un impacto de perdigón en la zona de ocular, quien fue trasladado al Hospital de Río Bueno. Desde el INDH estamos recabando todos los antecedentes en torno a estos hechos” (INDH, 2023)
Con los eventos ocurridos, la Machi Millaray Huichalaf, quien lideró su comunidad por más de 14 años, aceptó una invitación de Noruega por parte de organizaciones ambientalistas, con la finalidad de difundir el conflicto entre la comunidad Mapuche Williche y la empresa Statkraft. En el encuentro, Huichalaf se reunió con el pueblo ancestral noruego Sami, quienes también tenían un territorio sagrado amenazado por la misma empresa. Con esta experiencia, la Machi señaló:
“El viaje fue muy exitoso y nos alegra que en Noruega le estén tomando el peso a este conflicto, que en Chile aún no es escuchado. Es importante porque los parlamentarios no solo nos escucharon sino que van a cuestionar al ministro con material y evidencia que recopilamos nosotros” (Parra, 2023)
En septiembre del 2023, la comunidad Mapuche Williche insistió en su demanda en distintos espacios a nivel nacional e internacional: presentaron una queja contra la empresa en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), acusando de vulneración de derechos humanos de los pueblos indígenas del lugar y estaría negando la existencia de prácticas ancestrales y culturales del lugar (Mennickent, 2023). Por parte de la empresa Statkraft, reclamó por la demora de la consulta indígena pendiente, el cual con fecha 16 de marzo del 2024 aún no se realiza (Zamarin, 2024).

Pueblo mapuche huilliche- Imagen: Skorpios
El pueblo Mapuche Huilliche son un grupo indígena que se ubica en el sur de Chile y parte de Argentina, ubicándose principalmente en las regiones de Los Ríos y Los Lagos. En mapudungún, “williche” significa “gente del sur”, haciendo referencia a la ubicación geográfica de este pueblo indígena. Durante la época colonial, se utilizó este término por parte de la población criolla para identificar a los pueblos indígenas que vivían en el norte de la jurisdicción de Valdivia en pleno siglo XVII (Alcamán, 2016, 30-31), siendo con el nombre con el cual se identifican hasta la actualidad.
Derechos culturales y territoriales del pueblo Mapuche Huilliche en los siglos XIX y XX
Durante el siglo XVIII, las comunidades Mapuche participaron en diversas guerras tras la fragmentación de los linajes, intentos de ocupación y explotación territorial, como también la disputa entre autoridades de grupos emparentados (Alcamán, 2016, 72). Sin embargo, al igual que gran parte del pueblo Mapuche, la comunidad Mapuche Williche sufrió de los procesos de radicación y reducción de tierras del siglo XIX y parte del XX. Dicho proceso consistió en la venta fraudulenta de tierras a colonos chilenos y extranjeros que estaban interesados en los territorios del sur de Chile. Principalmente, desde 1881 tras la derrota militar de la resistencia indígena frente al ejército chileno y la ocupación de Villarrica en 1883, fue cuando se concretó los procesos de colonización de esta zona, decretando diversos territorios indígenas como propiedad fiscal y así ponerlas en producción (Bengoa, 1987, 327). Algunos autores señalan que en este contexto también existió un genocidio o “guerra de exterminio” contra el pueblo Mapuche debido a los niveles de violencia (Bengoa, 1987; Nahuelpán, 2012), siendo un conflicto en donde el ejército chileno arrasó y usurpó diversos bienes y propiedades pertenecientes a dicha comunidad. De hecho, la quema y explotación de amplias de extensiones de bosques se realizó para, posteriormente, construir viviendas, cercos, fieles de ferrocarriles, abastecimientos de leñas y la construcción de edificios públicos (Nahuelpán, 2012, 137), como intento de llevar la “modernidad” y “civilización” a estos territorios.

Imagen: Centro de Documentación- Museo de la Memoria
Durante el siglo XX, las reformas agrarias impulsadas por los gobiernos de Arturo Alessandri Rodríguez (1956-1964), Eduardo Frei Montalva (1964-1970) y Salvador Allende (1970-1973), significó una oportunidad para diversas comunidades Mapuche para hacer prevalecer sus demandas por la recuperación de tierras y reclamación de autonomía. En el caso de las comunidades Mapuche Huilliche, tuvieron mayor participación durante la Reforma Agraria impulsada durante el gobierno de Allende, buscando insertarse en las nuevas políticas que se implementaron en ese entonces, pero radicalizando sus posturas respecto a las tomas y ocupación de territorios. Tales fueron los casos de la comunidad Dionisio Manquel Chepo, Ricardo Lhuey Huenchuñir y la de Juan Quintuman, por mencionar algunas, todas pertenecientes al pueblo Mapuche Huilliche, y en donde la Reforma Agraria provocó tensiones entre las comunidades indígenas de la zona, antiguos propietarios, los diversos trabajadores y campesinos que trabajan en los diversos fundos y complejos forestales ubicados en el lugar (Le Bonniec, 2013, 40-46). En varios casos, las autoridades regionales buscaron detener la ocupación de terrenos por parte de las comunidades indígenas movilizadas, con la promesa de contratarlos más adelante y asegurarles la restitución de tierras mediante procesos legales. Sin embargo, las tensiones históricas existentes en el lugar impidieron llegar a consensos y no lograron detener la ocupación de tierras y bloqueo de caminos por parte de las comunidades movilizadas (Le Bonniec, 2013, 45-46).
Tras el golpe de Estado de 1973, el proceso de la Reforma Agraria se detuvo y se reprimió a diversas organizaciones campesinas e indígenas de la misma zona. En paralelo, las diversas tierras expropiadas y recuperadas por las comunidades Mapuche-Huilliche retornaron a sus dueños anteriores, mientras que otros pasaron a manos del Fisco (Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato, 2008, 463). Además, diversos dirigentes Mapuche-Huilliche fueron asesinados, encarcelados y perseguidos, al ser tildados como marxistas por las autoridades militares (Cárcamo, 2018), por lo que dichas organizaciones disminuyeron sus actividades hasta 1979; en ese año, apareció el Decreto Ley N.º 2.568 que promovió la apertura al mercado de los territorios indígenas. Con dicha normativa, diversas organizaciones indígenas reaccionaron, entre ellas la comunidad Mapuche Huilliche, la cual se reorganiza mediante la Junta General de Caciques de Futawillimapu —asociación de cacicazgos Mapuche Huilliche que nace en 1793 tras una serie negociaciones con el Imperio Español—. Con esta Junta General de Caciques, entre 1979 y 1985, la comunidad Mapuche Huilliche logró recuperar su ejercicio de resistencia, organización y discurso, esta vez contra la dictadura y la reivindicación de sus derechos culturales y territoriales(Cárcamo, 2018).

Mujeres huilliches- Imagen: Diario Lago Ranco
Comunidad Mapuche Huilliche en la actualidad
En la actualidad, la ley N.° 19.253, conocida como la Ley Indígena, reconoce la existencia de nueve pueblos indígenas, promoviendo además su protección, fomento y desarrollo mediante la Corporación de Desarrollo Indígena (Conadi). Sin embargo, la legislación actual no considera al pueblo Huilliche de manera autónoma, sino como parte de las subfamilias Mapuches existentes en el país. Para dicha comunidad, ha sido débil e insuficiente el reconocimiento para el pueblo Mapuche Huilliche que se ubican principalmente en la región de Los Lagos y Aysén (Diario Constitucional, 2023).
Sin embargo, uno de sus principales conflictos históricos ha sido el interés del Estado de Chile en el río Pilmaiquén: en la década de 1920 y 1930 hubo interés por su potencial turístico al ser presentada como una de las maravillas naturales de Chile y, desde 1944 y por medio de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), se utilizó su fuerza hidráulica para construir una pequeña represa y embalse artificial, iniciándose las operaciones de la Central Hidroeléctrica Pilmaiquén. Con la dictadura y posteriormente el retorno a la democracia, la central pasó a manos de empresas privadas, más adelante en la década de 1990 fue parte de la empresa estadounidense Scudder y, desde el 2015, perteneciente a la empresa estatal noruega Statkraft.
Para diversas comunidades indígenas que habitan en la zona, el Río Pilmaiquén es una zona de relevancia ceremonial y espiritual, además de existir un cementerio mapuche en dicho territorio, razón por la cual es considerado como un sitio sagrado. Sin embargo, también es un territorio con un historial de remates y ventas de títulos desde principios del siglo XX. En palabras del werkén José Huichalaf:
“Esta tierra fue usurpada en 1916. Se hizo un remate de acciones y derechos, que era una forma muy común de usurpar las tierras acá. Tenemos un informe histórico, con los títulos. Está ampliamente fundamentado. Nuestros ancestros fueron expulsados violentamente por colonos alemanes y el Estado chileno. Y fuimos reducidos después de tener un extenso territorio a la más mínima expresión, que son títulos de merced. Las nuevas generaciones nos criamos y crecimos ahí, sobreviviendo. Nuestras familias fueron lanzadas a la pobreza y coexistiendo con el usurpador. Mucha gente acá en las comunidades cayó en la bebida y en la pobreza absoluta” (Goldschmidt, 2022)
Para el pueblo Mapuche Huilliche, la disputa con la empresa noruega Statkraft por el Río Pilmaiquén es solo un capítulo más de una larga historia de conflicto territorial. Por lo mismo que este caso no solo refleja una vulneración de los derechos de los pueblos indígenas al uso de las tierras que tradicionalmente ocupan, sino que también es un ejemplo de vulneración de derechos culturales y de la protección del patrimonio cultural y natural situado en su territorio.

Cartilla informativa del INDH disponible en Biblioteca Digital
El Proyecto Hidroeléctrico en el río Pilmaiquén forma parte de los conflictos socioambientales reconocidos que existen en Chile. Por parte de la empresa Statkraft, existen diversos compromisos internacionales estipulados en los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Empresas, instrumento de la ONU que establece el rol de las empresas en aplicar y respetar los derechos humanos de las personas y comunidades afectadas en sus actividades. Por parte del Estado de Chile, existen una serie de principios asociados a derechos territoriales, culturales, de libertad religiosa y patrimonio cultural, los cuales se vulneran al existir un proyecto hidroeléctrico en el Complejo Natural Ceremonial Ngen Mapu Kintuante: espacio ceremonial de uso y ocupación de las comunidades Mapuche Williche, razón por la cual se trata de un conflicto que vulnera diversos derechos estipulados en tratados internacionales.
Derechos territoriales y culturales
En un informe de derecho presentado por el INDH —conocido como Amicus Curiae— por este mismo caso, se señaló que es derecho de los pueblos indígenas acceder y usar las tierras que tradicionalmente han ocupado tanto para actividades tradicionales y de subsistencia (INDH, 2021). Este derecho está reconocido por el Sistema Internacional de Derechos Humanos, por medio del Convenio 169 de la OIT, la cual señala explícitamente que:
“Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho a la propiedad y de posesión sobre las tierras tradicionalmente ocupan. Además, a los acasos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia” (Convenio 160 de la OIT, art. 14.1).

Imagen: Diario UChile
Por otro lado, también está estipulado el derecho de los pueblos indígenas a mantener su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han ocupado y/o utilizado, estipulado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (art. 15). Además, como interpretación del artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (sobre el derecho a la propiedad privada), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló que los derechos territoriales de los pueblos indígenas deben ser reconocidos y comprendidos como la base fundamental de sus culturas, vida espiritual, integridad y supervivencia económica, siendo la tierra algo fundamental para preservar su legado cultural y transmitirlo a generaciones futuras (Corte IDH, 2010, 44). En consideración de esto, es que estas acciones también vulneran el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, estipulado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 18) y la misma Convención Americana (art. 12).
En consideración de lo anterior, los derechos culturales están resguardados por diversos instrumentos del derecho internacional, como la misma Declaración Universal de Derechos Humanos al estipular el derecho a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad (art. 27). El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, señala específicamente al derecho a ser parte del desarrollo cultural (art. 1) y a participar en la vida cultural (art. 15), al igual que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que estipula que los diversos grupos étnicos, religiosos o lingüísticos, tiene el derecho a tener su propia vida cultural (art. 27).
Protección del patrimonio y diversidad cultural

La Unesco es la principal institución encargada de salvaguardar el patrimonio cultural, lo que incluye la preservación de actividades culturales e históricas, así como la promoción de la diversidad cultural.
En el caso del conflicto entre la comunidad Mapuche Huilliche y la empresa Statkraft, la existencia de un proyecto hidroeléctrico en un sitio considerado sagrado para pueblos indígenas, también vulnera otros derechos reconocidos universalmente, como aquellos vinculantes con la protección de la diversidad cultural y el patrimonio. En el caso de la “diversidad cultural” propiamente tal, existe la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO. En el documento se define este término como “(…) la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades” (art. 4.1.), por lo que debe existir un compromiso de los Estados Parte para “proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en su territorio (…)” (art. 5.2.).
También existen otros instrumentos como la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, la cual estipula la obligación de “identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio” (art. 4), lo que implica proteger dichos territorios ante la amenaza de destrucción por causas naturales y/o desarrollo social y económico. Finalmente, desde el 2009, que Chile relevó su compromiso con el patrimonio cultural tras ratificar la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, el cual define como “patrimonio cultural inmaterial” a “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes— que las comunidades, los grupos y algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural” (art. 2), siendo una convención que incorpora este concepto dentro de los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Para el INDH, es importante considerar que, para la concepción Mapuche, los espacios naturales representan una noción que trasciende la materialidad del territorio que habita. Por lo mismo que, aquellos proyectos que afecten zonas de interés para los pueblos indígenas, deben evaluar la incidencia social, espiritual, cultural y sobre el medio ambiente antes de realizar las actividades previstas (INDH, 2013, p. 30). Es importante recordar que el ejercicio de los derechos humanos también involucra la protección de la propiedad, identidad cultural, reconocimiento de derechos colectivos e individuales, que compromete al Estado y a las empresas de carácter privado, para evitar que sus actividades generen un impacto negativo en las personas y comunidades.
Informes de Derechos Humanos
- INDH (2021). Amicus curiae sobre espacio ceremonial de las comunidades Mapuche-Williche en Río Pilmaiquén, comuna de Río Bueno. Instituto Nacional de Derechos Humanos. http://bibliotecadigital.indh.cl/xmlui/handle/123456789/1731
- INDH (2016). Informe anual 2016. Situación de los derechos humanos en Chile. Instituto Nacional de Derechos Humanos. http://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/998
- INDH (2013). Informe misión de observación 2013. Proyectos de inversión en tierras y territorios indígenas Mapuche. Instituto Nacional de Derechos Humanos. http://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/589
Notas de prensa
- Comunicaciones OC (14 de septiembre, 2023). Pueblo mapuche williche presenta queja en Noruega contra empresa Statkraft en Chile. Observatorio Ciudadano. https://observatorio.cl/pueblo-mapuche-williche-presenta-queja-en-noruega-contra-empresa-statkraft-en-chile/
- Comunicaciones OC (19 de julio, 2019). Comunidades mapuche se reúnen con embajadora de Noruega y piden la salida de Statkraft de su territorio ancestral. Observatorio Ciudadano. https://observatorio.cl/comunidades-mapuche-se-reunen-con-embajadora-de-noruega-y-piden-la-salida-de-statkraft-de-su-territorio-ancestral/
- Corte IDH (2010). Caso de la comunidad indígena Xákmok Kásek vs Paraguay. Fondo, reparaciones y costas. Sentencia 24 de agosto de 2010. Disponible en https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_214_esp.pdf
- Diario Constitucional (10 de julio, 2023). Proyecto de ley incorpora al pueblo Huilliche entre las etnias indígenas reconocidas por el Estado. Diario Constitucional. https://www.diarioconstitucional.cl/2023/07/10/proyecto-de-ley-incorpora-al-pueblo-huilliche-entre-las-etnias-indigenas-reconocidas-por-el-estado-2/#goog_rewarded
- El Desconcierto (24 de octubre, 2018). Tras toma de comunidades: Transnacional noruega pospone central hidroeléctrica que colindaba con centro religioso mapuche. El Desconcierto. https://www.eldesconcierto.cl/bienes-comunes/2018/10/24/tras-toma-de-comunidades-transnacional-noruega-pospone-central-hidroelectrica-que-colindaba-con-centro-religioso-mapuche.html
- Goldschmidt, M. (03 de junio, 2022). La historia de la recuperación mapuche del fundo Ponhuipa en defensa del río Pilmaiquén. El Desconcierto. https://www.eldesconcierto.cl/reportajes/2022/06/03/la-historia-de-la-recuperacion-mapuche-del-fundo-ponhuipa-en-defensa-del-rio-pilmaiquen.html
- González, V. (24 de octubre, 2018). Toma de comuneros mapuches en empresa Statkraft de Osorno dejó 29 detenidos. Bío bio Chile. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-los-lagos/2018/10/24/toma-de-comuneros-mapuches-en-empresa-statkraft-de-osorno-dejo-29-detenidos.shtml
- Guanda, M. (23 de febrero, 2023). Manifestación de comunidades mapuche termina en enfrentamiento con carabineros en Río Bueno. Diario de Osorno. https://www.diariodeosorno.cl/noticia/actualidad/2023/02/manifestacion-de-comunidades-mapuche-termina-en-enfrentamiento-con-carabineros-en-rio-bueno
- INDH (23 de febrero, 2023). INDH anuncia acciones judiciales para esclarecer manifestación que acabó con cinco heridos tras intervención de Carabineros en Río Bueno. Instituto Nacional de Derechos Humanos. https://www.indh.cl/indh-anuncia-acciones-judiciales-para-esclarecer-manifestacion-que-acabo-con-cinco-heridos-tras-intervencion-de-carabineros-en-rio-bueno/
- INDH (29 julio, 2021). Región de Los Ríos: INDH presenta Amicus Curiae buscando proteger espacio ceremonial de comunidades Mapuche-Williche en Río Pilmaiquén. Instituto Nacional de Derechos Humanos. https://www.indh.cl/region-de-los-rios-indh-presenta-amicus-curiae-buscando-proteger-espacio-ceremonial-de-comunidades-mapuche-williche-en-rio-pilmaiquen/
- INDH (11 de julio, 2019). INDH Los Ríos visita a comunidades mapuche en alerta por instalación de hidroeléctrica en Pilmaiquén. Instituto Nacional de Derechos Humanos. https://www.indh.cl/indh-los-rios-visita-a-comunidades-mapuche-en-alerta-por-instalacion-de-hidroelectrica-en-pilmaiquen/
- Mennickent, C. (14 de septiembre, 2023). Por proyectos hidroeléctricos: comunidades mapuches presentan queja contra estatal noruega de la OCDE. Bío Bio Chile. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-los-rios/2023/09/14/por-proyectos-hidroelectricos-comunidades-mapuches-presentan-queja-contra-estatal-noruega-en-la-ocde.shtml
- Parra, M. (11 de mayo, 2023). Machi denunció ante parlamento noruego las hidroeléctricas de Statkraft en el Pilmaiquén. El Desconcierto.
- Valencia, J. (12 de septiembre, 2023). Tras orden de Suprema: CMN tendría reunión a fin de mes por consulta indígena tras obras de central. Bío Bio Chile. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-los-rios/2023/09/12/tras-orden-de-suprema-cmn-tendria-reunion-a-fin-de-mes-por-consulta-indigena-tras-obras-de-central.shtml
- Zamarin, F. (16 de marzo, 2024). Statkraft reclama por demora en consulta indígena que tiene paralizada construcción de hidroeléctrica. Bío Bio Chile. https://www.biobiochile.cl/noticias/economia/negocios-y-empresas/2024/03/16/statkraft-reclama-por-demora-en-consulta-indigena-que-tiene-paralizada-construccion-de-hidroelectrica.shtml
Bibliografía
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- Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato. (2008). Informe de la Comisión Verdad Histórica y Nuestro Trato con los Pueblos Indígenas. Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas.
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