
Enfrentamiento entre comunidades mapuche y soldados chilenos, hacia 1882- Imagen: Memoria Chilena
El conflicto entre el Estado y el pueblo mapuche tanto en Chile como en Argentina es de larga data. Si bien existen diversas perspectivas y miradas sobre esta problemática, la mayoría convergen de que se trata de un problema histórico y de origen colonial. Desde la llegada de la conquista española en el siglo XVI, estos mismos territorios en disputa se transformaron en zonas de resistencia mapuche contra el colonialismo español, produciéndose eventos como la Guerra de Arauco (1550-1656) en donde se enfrentaron españoles y mapuche, cuya consecuencia fue la instalación de una frontera en el río Bío Bio que separó ambas sociedades. Tras la independencia y los procesos de expansión fronteriza que experimentó Chile, el Estado comenzaría a ocupar poco a poco los territorios del sur del Bío Bío, mediante la inscripción de terrenos, ventas y contratos muchas veces fraudulentos. Eso no sólo significó un despojo territorial hacia el pueblo mapuche, sino que también la instalación de una administración estatal, chilenización forzada del territorio y fuerte represión política en la zona que generó, en el largo plazo, el aumento de la discriminación y la pobreza en la población mapuche de dicha zona (Alvarado Lincopi, 2016).
Despojo territorial y violencia policial, siglo XIX y XX
El despojo territorial hacia el pueblo mapuche en pleno siglo XIX, se le denominó durante mucho tiempo como “Pacificación de la Araucanía” desde la historiografía, utilizando el término “pacificación” como un eufemismo para silenciar o evitar mencionar que en dicho proceso hubo violencia y apropiación de territorios indígenas por parte del Estado. En las últimas décadas y tras el surgimiento de nuevas interpretaciones sobre este período, existe un consenso en denominar como «Ocupación de la Araucanía» al período entre 1851 y 1883, entendiéndolo como un contexto de reducción del territorio mapuche, pérdida de sus títulos de tierra, la usurpación y despojo de sus territorios a manos del Estado, lo que también significó la disminución de las condiciones de vida de la población mapuche tras la pérdida de sus tierras. En palabras del historiador mapuche Fernando Pairicán:
“La ocupación de la Araucanía generó una desposesión territorial en el pueblo mapuche, desplegando un conjunto de dispositivos de disciplinamiento y violencia orientados a internalizar complejos de inferioridad en las generaciones futuras de mapuche, siendo el racismo uno de los símbolos más desgarradores de este proceso” (Pairicán, 2014)
Dicho contexto también se caracterizó por la violencia que sufrió dichas comunidades por parte de militares, en donde se realizaban azotes por sospecha de robo, atropello con caballos, violencia contra niños, niñas y mujeres en fiestas y reuniones, violencia sexual contra mujeres, y fusilamientos contra mapuche acusados de asalto o robo de animales (Pairicán, 2014). La violencia política estatal se mantuvo en las primeras décadas del siglo XX, esta vez apoyado por el Cuerpo de Gendarmes para las Colonias (que funcionó entre 1891 y 1907) y Carabineros, cuya presencia en estos territorios se vio impulsada tras la llegada de nuevos colonos chilenos y extranjeros en la zona, décadas en donde se mantuvo la violencia y castigo contra la población mapuche acusados por robo o hurto. Las denuncias de violencia policial a principios del siglo XX, eran desmentidas por las mismas instituciones policiales por considerarlas denuncias “antojadizas” y “falaces” (Vergara & Mellado, 2018). Respecto al despojo territorial, entre 1931 y 1965, se calcula que las comunidades mapuche perdieron alrededor de 100 mil hectáreas por medio de compras y venta de derechos comunitarios, contratos con arriendo a 99 años, hipoteca de derechos territoriales, entre otros, las cuales dieron inicios a las primeras demandas por restitución territorial ante los Juzgados de Indios (Correa & Mella, 2010).
La “contrareforma agraria” de la dictadura
Durante los gobiernos de Eduardo Frei Montalva (1964-1970) y Salvador Allende (1970-1973), el proceso de reforma agraria permitió devolver un porcentaje de dichas tierras, al mismo tiempo que generó altas expectativas en la población indígena y campesina respecto a la recuperación de estos territorios. Si bien en un principio hubo alta expectación sobre este proceso, el escaso número de comunidades indígenas beneficiadas generó que diversas agrupaciones pasaran a la ofensiva contra ambos gobiernos, incluso optando por radicalizar acciones como las tomas ilegales de fundos y terrenos como una forma de acelerar la restitución de tierras usurpadas (Redondo, 2016, 155-156).
Posteriormente, la dictadura de 1973 retomó el proceso de despojo territorial y las entregó a la Corporación Nacional Forestal (CONAF), institución que vendió a bajo costo estas tierras despojadas para promover la incipiente industria forestal de la zona. A este proceso se le denominó como “contrarreforma agraria”, ya que junto al nuevo despojo de los pocos territorios que ganaron las comunidades mapuche con las reformas agrarias previas, se suma una nueva subdivisión que perjudicó completamente a las comunidades rurales de la zona. Además, esta contrarreforma estuvo acompañada de una fuerte represión contra el pueblo mapuche, en donde la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato calcula la existencia de 136 mapuche fallecidos o desaparecidos durante la dictadura. Sobre el contexto de la dictadura y el pueblo mapuche, la misma comisión señala que:
“Todo el proceso de contrarreforma estuvo marcado por un veo de represión, que tuvo una violencia inusitada en casi todos los predios donde la Reforma Agraria benefició a los mapuches. Se fusiló y se hizo desaparecer a dirigentes asentados mapuches, se encarceló y torturó a la vez que revocaron la mayoría de los predios donde los mapuches habían recuperado tierras, retrotrayendo la situación a los año antes de la Reforma Agraria” (Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato, 2008, 412)
En este mismo contexto, sólo algunos funcionarios y organizaciones indígenas cercanos a los militares asumieron cierta locución, mientras que quienes pertenecieron a partidos políticos u organizaciones mapuche opositoras, tuvieron una relación en permanente tensión con las autoridades militares, consolidándose en 1978 una lucha más abierta contra la dictadura (Caniuqueo, 2013, 130). Para fines de los años 80’, el candidato presidencial de la Concertación de Partidos por la Democracia, Patricio Aylwin, se reunió con distintas organizaciones indígenas para conseguir su apoyo. A raíz de esto surge el denominado Pacto de Nueva Imperial de 1989, en donde se asumieron distintos compromisos relevantes para los pueblos indígenas: desde el reconocimiento formal, legal y constitucional de los pueblos indígenas en la sociedad chilena hasta la aprobación del Convenio de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, comprometiendo un avance importante en el reconocimiento de los Derechos Humanos de las comunidades originarias de Chile.
Transición democrática y pueblo mapuche: ¿avance o retroceso en los derechos indígenas?

Reunión entre Patricio Aylwin y representantes de distintos pueblos indígenas. El encuentro permitió el Acuerdo de Nueva Imperial en 1989- Imagen: Fundación Patricio Aylwin.
Diversas organizaciones, activistas e historiadores mapuche, coinciden en que el retorno a la democracia de 1990 no significó un cambio profundo en la relación entre el Estado de Chile y el pueblo mapuche. De hecho, la principal crítica a los gobiernos de la Concertación fue se que privilegió el modelo económico neoliberal por sobre el reconocimiento de derechos sociales, culturales y políticos de los pueblos indígenas, sin lograr materializar gran parte de los acuerdos contraídos en el pacto de Nueva Imperial. El único avance importante fue la nueva Ley Indígena de 1993, la cual fue incapaz de reconocer derechos territoriales y culturales de los pueblos indígenas (Millamán, 2008, 33).
La crítica a la mantención del modelo neoliberal, se reflejó principalmente porque temas como el derecho al agua, a los recursos forestales y marítimos por parte de los pueblos indígenas, quedaron desplazados por la llegada de empresas hidroeléctricas y forestales en territorios indígenas. Tal es el caso de las centrales hidroeléctricas en Alto Bío Bio desde 1997 que se construyeron en zonas denominadas tierras ancestrales por comunidades mapuche, o la misma llegada de empresas forestales (como Mininco y Palermo) cuyo impacto ambiental generó contaminación, deforestación y desecamiento del agua, afectando directamente a sus habitantes (que en su mayoría corresponden al pueblo mapuche) (Aylwin & Yáñez, 2013, 274). La instalación de dichas empresas no sólo tendría un impacto medioambiental y en la salud de los habitantes de la zona, sino que sería un retroceso importante en el reconocimiento del derecho histórico de las comunidades mapuche sobre sus tierras ancestrales.
Otro aspecto que también significó el retroceso de Derechos Humanos en el pueblo mapuche, fue la implementación de la Ley Antiterrorista el año 2002 hacia adelante, siendo muy criticada al utilizarse constantemente contra comuneros mapuche y en La Araucanía. Respecto a esta ley, la misma ONU ha señalado que dicho instrumento no ofrece garantías necesarias para un juicio justo y que, además, fomenta la estigmatización de las comunidades indígenas bajo la categorización de “terroristas” (ONU, 2017). El incremento de la violencia policial a raíz de esta ley, ha dado como resultado diversos episodios de vulneración a los Derechos Humanos, tal es el caso del uso de bombas lacrimógenas en la Escuela G-816 de Temucuicui el año 2014 y 2017, o el asesinato de comuneros mapuche como Alex Lemur (2002), Matías Catrileo (2008) y Camilo Catrillanca (2018), entre otros, todos a manos de funcionarios policiales. Estos casos reflejan la vulneración de un derecho fundamental como el derecho a la vida, a no ser sometidos a torturas o tratos crueles, ni a ser detenidos arbitrariamente, tal como se estipula en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Además, el derecho a la vida también se encuentra estipulado en la Convención Americana de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles Políticos.

Imagen: INDH
La ausencia de Derechos Humanos en el pueblo mapuche
Uno de los eventos más importantes en materia de los derechos indígenas, fue la ratificación del Convenio 169 de la OIT el año 2008, instrumento que compromete mecanismos para regular las tierras en disputa y proceder a resolver conflictos pacíficamente, luego de 17 años de transición democrática. Tras el contexto de violencia policial que no se resolvió con la llegada de gobiernos de la Concertación, este convenio abrió nuevas expectativas para mejorar la relación entre el Estado y los pueblos indígenas. Sin embargo, diversas dirigencias y líderes mapuche han señalado que la implementación de este instrumento sólo a generado frustración y profundización de la desconfianza con el Estado. La principal crítica se ha focalizado en que la implementación del Convenio 169 se ha visto obstaculizada por elementos políticos, jurídicos, ideológicos y económicos, principalmente el último elemento al utilizarse el argumento de que dicho convenio se antepone con el desarrollo económico del país (Aguas & Nahuelpán, 2019, 125).
Por otro lado, la ausencia de estos compromisos con los derechos indígenas para las comunidades mapuche, ha generado una relación conflictiva con los gobiernos de la Concertación (1990-2010) y la centroderecha (2010-2014 y 2017-2022), al generarse expectativas no cumplidas en pleno retorno a la democracia, considerando que se han entregado soluciones parciales, coyunturales o interesadas en beneficiar solo a algunos sectores de la población, mientras que las intervenciones policiales inadecuadas y desproporcionadas sí ha sido un elemento presente en el vínculo entre el Estado de Chile y el pueblo mapuche (INDH, 2014). En esa crítica, también se suman las de organizaciones de Derechos Humanos como el INDH, ONU y Amnistía Internacional, el último, señalando que
“El Estado chileno tiene la obligación de tomar medidas decididas en la lucha contra la discriminación estructural contra los Pueblos Indígenas. En lugar de eso, el Estado chileno está jugando un rol central en reforzar esos estereotipos especialmente a través de funcionarios públicos en fiscalías y en el Poder Judicial, que a su vez se sirven de estereotipos para imputar y condenar en la justicia sin las garantías del debido proceso; a aquellas personas que el prejuicio social ya considera culpables” (Amnistía Internacional, 2018, 36)
En este punto, es importante señalar que el sistema internacional de Derechos Humanos reconoce el derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas, la no discriminación, participación efectiva en relación a las decisiones sobre su territorio y comunidades, además de consulta previa cuando proyectos económicos interfieren en sus costumbres, tradiciones y otros. Por lo mismo que el conflicto entre el Estado de Chile y el pueblo mapuche no sólo implica un conflicto histórico y estructural, sino que también involucra instrumento de los Derechos Humanos que no se han respetado ni cumplido por el Estado.